- La reinscripción será semestral y se deberá realizar de acuerdo con el calendario escolar que establece la Secretaría de Educación Pública (SEP). Sólo tendrán derecho a reinscripción los alumnos que cumplan con los requisitos establecidos en las Normas de Control Escolar Vigente, el proceso de reinscripción será efectuado por el Área de Control Escolar.
- Serán sujetos de reinscripción al semestre inmediato superior:
- Los alumnos regulares, que no adeuden ninguna asignatura.
- Los alumnos irregulares que después del primer periodo de regularización inmediato al término del semestre, adeuden como máximo dos asignaturas de los trayectos formativos: Bases teórico-metodológicas para la enseñanza. formación para la enseñanza y aprendizaje. práctica profesional y optativos sin considerar los cursos de inglés.