Es un proceso mediante el cual se otorga el grado académico y el reconocimiento oficial a los estudios realizados por los alumnos mediante la expedición del Título Profesional de Educación Normal a los egresados de las escuelas del Subsistema de Formación de Docentes que hayan cumplido con los requisitos establecidos.
El proceso de titulación representa la fase de culminación de los estudios que le permite al estudiante normalista obtener el título profesional para ejercer su actividad docente. Este proceso recupera los conocimientos, capacidades, habilidades, actitudes, valores y experiencias que desarrolló durante la carrera, los cuales se demuestran mediante diversas opciones y formas de evaluación.
Objetivo
Otorgar el reconocimiento oficial a los estudios realizados por los alumnos mediante la expedición del Título Profesional de Educación Normal a los egresados de las escuelas formadoras de docentes de educación básica, modalidad escolarizada, que hayan cumplido con los requisitos establecidos.
Normas
1. El Título Profesional de Educación Normal es válido en los Estados Unidos Mexicanos y no requiere trámites adicionales de legalización.
2. No existe trámite de duplicado del Título Profesional o del Acta de Examen Profesional. En caso de deterioro o extravío, se deberá consultar lo conducente con la DGP.
3. El Título Profesional de Educación Normal se expedirá por única vez al egresado que haya: - Acreditado totalmente la carrera conforme al plan de estudios correspondiente. - Cumplido el servicio social reglamentario, el cual será liberado exclusivamente mediante el Trabajo Docente que los estudiantes realizan durante el último año de la carrera. - Obtenido la aprobación del documento recepcional y acreditado el examen profesional.
4. La única forma de titulación para los planes vigentes es mediante la elaboración del documento recepcional y la acreditación del examen profesional. El documento recepcional se elaborará con base en el documento “Orientaciones Académicas para la Elaboración del Documento Recepcional”, emitido para cada licenciatura por la Secretaría de Educación Pública.
5. Los alumnos elaborarán su documento recepcional durante el séptimo y octavo semestres y presentarán la versión definitiva al término del ciclo escolar.